La SCJN debe interpretar la Constitución y los Tratados Internacionales en la discusión sobre el caso Rosendo Radilla

El día de ayer, 11 de julio, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuaron las discusiones en torno a la consulta sobre la obligatoriedad para el Poder Judicial de la Federación (PJF) de la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Rosendo Radilla Pacheco vs. México de 23 de noviembre de 2009. Las sesiones que al respecto se celebraron el 4 y 5 de julio de 2011 fueron la continuación de las discusiones del 31 de agosto y los días 2, 6 y 7 de septiembre de 2010. En la sesión del 5 de julio de 2011, la Suprema Corte determinó que la sentencia del caso Radilla es obligatoria y no “revisable” para el PJF, y asentó que los criterios contenidos en la jurisprudencia de la Corte IDH tienen carácter “orientador” para los jueces federales.

PBI acompaña Tita Radilla, vicepresidenta de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México (AFADEM) desde el agosto 2003.

 

Descargue aqui el comunicado de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos

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