COMUNICADO CENTRO DE DERECHOS HUMANOS DE LA MONTAÑA TLACHINOLLAN

  • La Procuraduría General de Justicia Militar remite las investigaciones de Inés Fernández y Valentina Rosendo a la Procuraduría General de la República.
  • Corresponde a la Procuraduría llevar ante la justicia federal a los militares responsables por las violaciones sexuales y torturas cometidas en contra de Inés y Valentina.

El día 12 de agosto, la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM) notificó por escrito a Inés Fernández y a Valentina Rosendo que las averiguaciones relacionadas con la violación sexual y tortura cometida en su contra por miembros del Ejército Mexicano en el año 2002, han sido remitidas a la Procuraduría General de la República(PGR).

En dicho oficio la Ministerio Público de la PGJM informa que:

“… la Fiscalía Militar tuvo a bien acordar la INCOMPETENCIA para seguir conociendo y determinar la[s] indagatoria[s] número SC/179/2009/II-E  y  SC/180/2009/II-E. Derivado de lo anterior, esta Fiscalía Militar, giró [dos] oficio[s] el veintinueve de julio del año en curso, mediante el cual remitió a la Subprocuraduría Regional de Control de Procesos y Amparo de la Procuraduría General de la República [ambas] indagatoria[s] de referencia a fin de que se determine lo que en derecho proceda”

La notificación señala que dicha acción se motiva en las características de las denuncias presentadas, así como en lo dispuesto en la reciente Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos, y en las sentencias de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CoIDH) en contra del Estado mexicano.

En este sentido, es preciso recordar que la remisión de los expedientes al fuero civil ocurre en virtud de la expresa solicitud que ambas mujeres me’phaa elevaron tras la reciente determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la que a partir del análisis del expediente “Varios 912/2010” (relativo al caso Rosendo Radilla), resolviera que el fuero militar no opera para procesar a militares responsables de violaciones a derechos humanos, por lo que deberán ser juzgados por tribunales civiles. No obstante,  la remisión al fuero civil de ambos casos era una obligación ya existente, que había sido determinada por la Corte Interamericana en las sentencias de estos mismo casos,  que fueron notificadas al Estado mexicano el 1° de octubre del año pasado.

La resolución es consecuencia de nueve años de lucha que Inés y Valentina han emprendido valientemente, acompañadas de organizaciones dedicadas a la defensa y promoción de los derechos humanos así como de cientos de personas alrededor del mundo que a título individual y colectivo se han sumado a su demanda para exigir a la Secretaría de la Defensa Nacional que las violaciones de derechos humanos cometidas por elementos del Ejército no sean ventiladas en instancias castrenses.

Ante este escenario, hoy la PGR tiene la responsabilidad ineludible de ejercitar acción penal ante los tribunales federales contra los militares responsables que ya han sido identificados por Inés y Valentina. No existe, por tanto, pretexto alguno para llevar las investigaciones hacia direcciones que conduzcan a la impunidad, como en su momento lo hizo la PGJM o la propia PGR al intentar remitir las investigaciones al fuero local.

A este respecto, es importante reiterar que en las sentencias dictadas dentro de los casos Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega contra México, la Corte Interamericana estableció parámetros sumamente precisos y específicos que debe satisfacer la investigación de los hechos para fungir como efectiva reparación. Así ha señalado que en el cumplimiento de este deber el Estado debe actuar en un plazo razonable y con la debida diligencia, a la luz de una adecuada perspectiva de género y etnicidad, posibilitando la amplia  participación de ambas mujeres y sin generar  que sean revictimizadas y en condiciones de seguridad. Esto último es fundamental, dado que la seguridad de ambas mujeres se ha visto amenazada en el desarrollo de las investigaciones, lo que ha motivado que el propio Tribunal Interamericano les haya otorgado medidas de protección a ellas y a sus familias.

La remisión al fuero civil de los casos no agota las obligaciones impuestas a México por la Corte Interamericana, aunque posibilita que la investigación sea conducida por un órgano que no presenta los vicios inherentes al fuero castrense. Por ello, constituye un precedente fundamental para que todos aquellos casos en los que elementos del Ejército se vean involucrados en violaciones a derechos humanos sean remitidos a instancias civiles, lo que sin duda redundará en el fortalecimiento de los controles civiles sobre las Fuerzas Armadas. No obstante, esto sólo ocurrirá en la medida en que la Procuraduría General de la República muestre su eficacia en la persecución de estos delitos.

Resulta indispensable que la Procuradora Marisela Morales garantice una investigación que se ajuste a las directrices impuestas por la Corte Interamericana, lo que será exigido y monitoreado por las organizaciones que a lo largo de más de 9 años han acompañado a Inés y a Valentina en su búsqueda de justicia.

 

PBI acompaña a Inés Fernández y Valentina Rosendo Cantú, así como al Centro de Derechos Humanos Tlachinollan desde 2003 y a la Organización del Pueblo Indigena Me`phaa (OPIM) desde febrero de 2005.

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